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Se aprueba el Plan de Equipamientos y viviendas del Programa de Actuación Urbanizadora de los ámbitos de Salburua y Zabalgana

En el día de ayer, 2 de enero de 2013, se publicó en el BOTHA la aprobación inicial del Programa de Actuación Urbanizadora en los ámbitos de Salburua y Zabalgana del Plan General de Ordenación Urbana de Vitoria-Gasteiz. Plan de equipamiento y vivienda.

Un Programa de Actuación Urbanizadora (PAU) es un instrumento de ejecución urbanística que tiene por objeto el regular y organizar por fases el desarrollo y la ejecución de las actuaciones integradas que hayan quedado definidas con anterioridad en suelo urbano consolidado y en suelo urbanizable sectorizado.

A través de un PAU se definen con precisión:
– Las actuaciones integradas que se contemplan en cada caso, con sus unidades de ejecución correspondientes.
– El régimen de ejecución que se va a aplicar, ya sea público o privado, así como el sistema de actuación elegido.
– Las determinaciones jurídicas, técnicas y económicas de ejecución de las actuaciones integradas y el establecimiento de sus contenidos mínimos.
– La totalidad de las obras a realizar; las cargas de urbanización y la estimación aproximada de su coste.
– El programa temporal, con los plazos de ejecución de las obras de urbanización y en su caso de edificación.

Esto supone una actuación urbanística no sólo a cómo organizar el espacio, a través de los Planes Urbanísticos, sino también a la programación de los tiempos , a través de la fijación de plazos máximos para el inicio y la finalización de las actividades de ejecución urbanística, mediante los Programas de Actuación Urbanizadora y Planes de Etapas. En este caso, durante cinco de quinquenios, por lo que supone previsiones a 25 años.

En el mismo se realiza una calificación del suelo, con expresión detallada de sus usos pormenorizados Estudios de Detalle, Parcelaciones, Proyectos de Urbanización, Normas de Edificación, con referencia a las condiciones técnicas de las obras en relación con las vías públicas, y a las condiciones comunes a todas las zonas en cuanto a edificación, volumen y uso, con expresión de los permitidos, prohibidos y obligados.

Los vecin@s seguimos siendo afectados e interesados a todos los efectos en lo que se refiere al cambio del Programa de Actuación urbanizadora en un barrio que ya está ocupado desde hace años, por lo que desde Zabalgana Batuz procederemos a estudiarlo y a valorarlo debidamente, en pro de la mejora del barrio. Documento:PROGRAMA DE ACTUACIÓN URBANIZADORA SALBURUA Y ZABALGANA

El acuerdo adoptado por la Junta de Gobierno Local en sesión celebrada el 30 de noviembre de 2012 (cuyo contenido  del mismo y del Plan en su integridad ya hemos solicitado conocer por su trascendencia) dice así :
1.- Aprobar inicialmente el Programa de Actuación Urbanizadora de los ámbitos de Salburua y Zabalgana del Plan General de Ordenación Urbana de Vitoria-Gasteiz redactado por ITAU, Arquitectura, Ingeniería y Urbanismo, SLP y presentado por la Sociedad Urbanística Municipal de Vitoria-Gasteizko Udal Hirigintza Elkartea, Ensanche 21 Zabal -gunea, SA.
2.- Someter el Programa de Actuación Urbanizadora inicialmente aprobado a información pública durante un plazo de veinte días hábiles, para que quienes estén interesados puedan examinarlo y presentar las alegaciones procedentes, mediante anuncio en el BOTHA y en un diario de los de mayor circulación en el territorio.
3.- Notificar el presente acuerdo a las Asociaciones de Propietarios de Salburua y Zabalgana y a las Juntas de Concertación o Compensación de los citados ámbitos para su consulta y presentación de cuantas alegaciones estimen pertinentes.