Bestelakoak - Otros

La Asamblea Parlamentaria del Consejo de Europa pide a los gobiernos que adopten todas las medidas razonables para reducir la exposición a campos electromagnéticos.

La Asamblea Parlamentaria del Consejo de Europa (APCE) pide a los gobiernos en su Resolución nº 1815 de 27 de Mayo de 2011, ‘Peligros Potenciales de los Campos Electromagnéticos y sus efectos en el Medioambiente‘, ha pedido a los gobiernos europeos que adopten «todas las medidas razonables» para reducir la exposición a los campos electromagnéticos, incluyendo las radiofrecuencias emitidas por los teléfonos móviles , “y, de forma especial, la exposición de los niños y jóvenes, para quienes el riesgo de tumores en la cabeza parece mayor.”

En la Asamblea Parlamentaria del Consejo de Europa (PACE), que se reunió el viernes pasado en Kiev en Comisión Permanente, los parlamentarios aprobaron que los gobiernos deben «con los niños en general y de forma más particular en las escuelas y aulas, dar prioridad a los accesos a Internet a través de conexiones por cable y regular de forma estricta el uso de los teléfonos de los alumnos en la escuela», estableciendo campañas de información y sensibilización para dar a conocer los riesgos y efectos biológicos potencialmente dañinos a largo plazo para el medio ambiente y la salud de las personas, especialmente «para los niños, adolescentes y jóvenes en edad fértil.»

Texto adoptado por la Comisión Permanente, actuando en nombre de la Asamblea, el 27 de mayo de2011 (ver Doc. 12608, informe de la Comisión de Medio Ambiente, Agricultura y Asuntos Territoriales,ponente: M. Huss).

La presente Resolución propone rebajar, hasta casi 1.000 veces, los límites legalesde exposición ya que la legislación estatal española actualmente no llega a discernir entre exposición interior/exterior de los edificios o viviendas, así como no contempla los efectos no térmicos y a largoplazo.

Esto va en la misma línea defendida hasta ahora en la ciudad. En concreto, es lo que en el grupo de trabajo por una Ordenanza sobre telecomunicaciones en Gasteiz, al que pertenence Zabalagana Batuz, venimos demandando: estudiar y aprobar en nuestra ciudad una normativa que se base en el principio de precaución y además con límites de emisión e inmisión lo más bajos posibles y controlados por la ciudadanía.

Desde Zabalgana batuz, consideramos esta Resolución otro paso más, muy importante por el órgano que la dicta, para establecer un debate y nuevos criterios, internacionales y locales, de regulación de las emisiones e imisiones de los campos electromagnéticos. Seguiremos trabajando por establecer un sistema de información, control y regulación garantista para la salud de todos los y las vecinos y vecinas.


A raíz de las propuestas del ponente (Juan Huss, Luxemburgo), la Asamblea pidió a los gobiernos información sobre los riesgos potenciales para la salud de los teléfonos con tecnologia inalámbrica DECT, de los sistemas de intercomunicación para vigilancia de los bebés y otros electrodomésticos que emiten de forma continuada microondas pulsadas, incluso cuando se encuentran en posición de “stand by”. Recomiendan, en cambio, «el uso en casa de teléfonos con cable o, si no es posible, terminales que no emitan ondas pulsadas continuamente.»

Los gobiernos deben reconsiderar «la base científica» de los estándares actuales de niveles de exposición a campos electromagnéticos establecidos por la Comisión Internacional para la Protección contra las Radiaciones No Ionizantes (ICNIRP), que tienen “serias limitaciones”, y aplicar el principio del nivel más bajo razonablemente posible (ALARA).

La resolución aprobada subraya que «el principio de precaución debe aplicarse cuando la evolución científica no determina el riesgo con suficiente certeza», y remarca «la importancia de una independencia crítica y credibilidad por parte de los expertos científicos» para poder realizar una evaluación transparente y objetiva de los posibles efectos adversos sobre el medio ambiente y la salud humana de la emisión de campos electromagnéticos.

Entre otras, la resolución aprobada contempla los siguientes consejos:
8.1.4. Prestar especial atención a las personas «electrosensibles»
8.2.1. Establecer umbrales de prevención para los niveles de exposición a largo plazo a las microondas en todas las áreas de interior, de acuerdo al principio de precaución, no siendo superior a 0,6 voltios por metro y, a medio plazo, reducir la emisión a 0,2 voltios por metro;

8.3.1. Desarrollar en el ámbito de diferentes Ministerios (Educación, Medioambiente y Sanidad) campañas de información dirigidas a profesores, padres y menores, para alertarles para advertirles de los riesgos específicos del uso precoz, indiscriminado y prolongado de los teléfonos móviles y de otros dispositivos emisores de microondas;
8.3.2. Para todos los menores en general y en las escuelas y aulas en particular, dar preferencia a las conexiones por cable para conectar a Internet, así como regular de forma estricta la utilización de los teléfonos móviles por parte de los alumnos en las instalaciones escolares.
8.4.3. Reducir el umbral de emisión admisible para las antenas conforme al principio ALARA e instalar sistemas de seguimiento exhaustivo y continuo de todas las antenas;

8.4.4. Determinar los lugares de ubicación de cualquier nuevo proyecto GSM, UMTS, WiFi o antenas WiMAX no sólo de acuerdo a los intereses de los operadores, sino consultando a las autoridades locales y regionales, con los residentes y las asociaciones cívicas de afectados

Ha sido aprobada la resolución «Peligros potenciales de los campos electromagnéticos y su efecto en el medio ambiente» en la Asamblea Parlamentaria del Consejo de Europa», que dice así: 

1. La Asamblea Parlamentaria ha destacado reiteradamente la importancia del compromiso de los Estados de preservar el medio ambiente y la salud ambiental como se indica en numerosas cartas, convenios, declaraciones y protocolos desde la Conferencia de las Naciones Unidas sobre Medio Ambiente Humano y la Declaración de Estocolmo (Estocolmo, 1972).

 La Asamblea se refiere a su trabajo anterior en este ámbito, incluida la Recomendación 1863 (2009) sobre el Medio Ambiente y Salud, la Recomendación 1947 (2010) sobre el ruido y la contaminación lumínica y, en general, la Recomendación 1885 (2009 ) para el desarrollo de un protocolo adicional para Convenio Europeo de Derechos Humanos sobre el derecho a un medio ambiente sano y la Recomendación 1430 (1999) sobre el acceso a la información, participación del público en la toma de decisiones y el acceso a la justicia en materia de medio ambiente(Aplicación del Convenio de Aarhus).
2. Los efectos potenciales para la salud de los campos magnéticos de muy baja frecuencia ligados a las líneas y aparatos eléctricos están siendo investigados y suscitan un intenso debate público. Según la Organización Mundial de la Salud, los campos electromagnéticos de todas las frecuencias son cada vez más frecuentes e influyen cada vez más en nuestro medio ambiente, aumentando la preocupación y especulación crecientes. Hoy todo el mundo está expuesto a diversos grados de campos electromagnéticos cuyos niveles seguirán creciendo con los
avances de la tecnología.
3. El teléfono móvil se extiende actualmente por todo el mundo. La tecnología inalámbrica se fundamenta en una extensa red de antenas fijas o estaciones base que transmite información en forma de señales de radiofrecuencia. Hay más de 1,4 millones de estaciones base en el mundo y su número aumenta significativamente con la introducción de las tecnologías de tercera generación. Otras redes inalámbricas que permiten el acceso a Internet de alta velocidad y otros servicios, tales como las redes locales sin hilo, son cada vez más populares en los hogares, oficinas y muchos lugares públicos (aeropuertos, escuelas y zonas residenciales y
urbanas). Con el número de estaciones base y redes inalámbricas, también aumenta la exposición del público a las radiofrecuencias.
4. Si los campos eléctricos y electromagnéticos de ciertas bandas del espectro tienen efectos plenamente beneficiosos, que se utilizan en medicina, otras frecuencias no ionizantes, ya sea de frecuencia extremadamente baja, líneas eléctricas o de ciertas ondas de alta frecuencia utilizadas en el ámbito de los radares, las telecomunicaciones y la telefonía móvil, parecen tener efectos biológicos no térmicos potenciales más o menos dañinos para plantas, insectos y animales, así como en el cuerpo humano cuando son expuestos a niveles inferiores a los umbrales oficiales.
5. En cuanto a las normas o límites para las emisiones de campos electromagnéticos de todo tipo y frecuencia, la Asamblea recomendó la aplicación del principio ALARA (as low as reasonably achievable), es decir, el nivel tan bajo como sea razonablemente posible, teniendo en cuenta no sólo los llamados efectos térmicos, sino también los efectos atérmicos o biológicos de la emisión o radiación de campos electromagnéticos. Además, el principio de precaución debe aplicarse cuando la evaluación científica no determina el riesgo con suficiente
certeza. Sobre todo porque, dada la creciente exposición de la población – en particular los grupos más vulnerables como los jóvenes y los niños – el coste humano y económico de la inacción podría ser muy elevado si son ignoradas las alertas tempranas.
6. La Asamblea lamenta la falta de respuesta a los riesgos ambientales y sanitarios, conocidos o emergentes y los retrasos casi sistemáticos en la adopción y aplicación de medidas preventivas eficaces, a pesar de las peticiones de aplicación del principio de precaución y de todas las recomendaciones, declaraciones y numerosos avances normativos y legislativos.
Esperar a tener pruebas científicas y clínicas sólidas antes de tomar medidas para prevenir los riesgos conocidos puede provocar unos costes sanitarios y económicos muy elevados, como fue el caso en el pasado con el amianto, la gasolina con plomo y el tabaco.
7. Además, la Asamblea señala que el problema de los campos u ondas electromagnéticas y su impacto potencial sobre el medio ambiente y la salud es, obviamente, comparable a otros problemas actuales, tales como la autorización de la comercialización de medicamentos, productos químicos, pesticidas, metales pesados o los organismos genéticamente modificados.
Por lo tanto, [la Asamblea] destaca la importancia crucial de la independencia y la credibilidad del acervo científico para obtener una evaluación transparente y objetiva de los posibles efectos adversos sobre el medio ambiente y la salud humana.
8. Teniendo en cuenta lo anterior, la Asamblea recomienda a los Estados miembros del Consejo de Europa,
8.1 en términos generales:
8.1.1. tomar todas las medidas razonables para reducir la exposición a los campos electromagnéticos, especialmente a las radiofrecuencias emitidas por los teléfonos móviles, y en particular la exposición de los niños y jóvenes, para quienes el riesgo de tumores de la cabeza parece mayor;
8.1.2. reconsiderar la base científica de las normas actuales de exposición a los CEM fijadas por la Comisión Internacional para la Protección contra la Radiación No Ionizante (International Commission on Non-Ionising Radiation Protection), que presenta graves deficiencias, y aplicar el principio ALARA (as low as reasonably achievable), es decir, el nivel más bajo razonablemente posible, tanto a los efectos térmicos como a los efectos atérmicos o biológicos de las emisiones o radiaciones electromagnéticas;
8.1.3. implementar campañas de información y de sensibilización sobre los riesgos de los efectos biológicos potencialmente nocivos a largo plazo sobre el medio ambiente y la salud humana, dirigidos especialmente a los niños, adolescentes y jóvenes en edad reproductiva;
8.1.4. prestar especial atención a las personas «electrosensíbeis» afectadas de un síndrome de intolerancia a los campos electromagnéticos y la adopción de medidas especiales para protegerlos, incluida la creación de “zonas blancas” no cubiertas por redes inalámbricas;
8.1.5. aumentar los esfuerzos investigadores sobre nuevos tipos de antenas, teléfonos móviles y dispositivos como los DECT con el fin de reducir costos, ahorrar energía y proteger el medio ambiente y la salud humana, así como fomentar la investigación y el desarrollo de telecomunicaciones basadas en otras tecnologías igual de eficaces, pero menos nocivos sobreel medio ambiente y la salud;
8.2 respecto al uso individual de los teléfonos móviles, los teléfonos inalámbricos DECT, el WiFi, WiMAX y WLAN para los ordenadores y otras aplicaciones inalámbricas, tales como interfonos para la vigilancia de los bebés:
8.2.1 establecer umbrales de prevención para los niveles de exposición a largo plazo a las microondas en el interior [de los edificios], de conformidad con el principio de precaución, no superiores a 0,6 voltios por metro [≅ 0,1 μW/cm2] y reducirlo a medio plazo a 0, 2 voltios por metro [≅ 0,01 μW/cm2]; [Ver nota del traductor 2]
8.2.2 aplicar todos los procedimientos necesarios para la evaluación del riesgo para cualquier nueva forma de dispositivo antes de permitir su comercialización;
8.2.3 introducir un sistema de etiquetado claro que indique la presencia de las microondas o de los campos electromagnéticos y señalando la Potencia de Transmisión o la «Tasa de Absorción Específica” (TAS) [= SAR –inglés- = DAS –francés-] del dispositivo así como los riesgos para la salud relacionados con su uso;
8.2.4 informar sobre los riesgos potenciales para la salud de los teléfonos inalámbricos DECT, interfonos para la vigilancia de bebés y otros aparatos domésticos que emiten continuamente microondas pulsadas, cuando todos los dispositivos eléctricos se dejan permanentemente en posición de espera [“standby”], y recomendar el uso de teléfonos con cable en los hogares o, en su defecto, modelos que no emitan permanentemente ondas pulsadas;
8.3 referente a la protección de los niños:
8.3.1 diseñar, en el ámbito de los diferentes ministerios (educación, medio ambiente y sanidad), campañas de información dirigidas a maestros, padres y niños para advertirles de los riesgos específicos del uso precoz, indiscriminado y prolongado de los teléfonos móviles y de otros dispositivos que emiten microondas;
8.3.2 dar preferencia, para los niños en general y especialmente en las escuelas [“école”: incluye la enseñanza infantil, primaria y secundaria] y en las aulas, a los sistemas de acceso a internet a través de conexión por cable [es decir, evitando la conexión inalámbrica Wifi] y de regular estrictamente el uso de los teléfonos de los estudiantes en el recinto escolar;
8.4 referente a la planificación de las líneas eléctricas y de las estaciones base de antenas detelefonía móvil:
8.4.1 tomar medidas de planificación urbana que requieran una distancia de seguridad entre las líneas de alta tensión y otras instalaciones eléctricas y las viviendas;
8.4.2 aplicar normas de seguridad estrictas en lo que concierne al impacto sanitario de las instalaciones eléctricas en las casas nuevas;
8.4.3 reducir el umbral admisible para las antenas de conformidad con el principio ALARA e instalar sistemas de seguimiento global y continuo de todas las antenas;
8.4.4 determinar la ubicación de cualquier nueva antena GSM, UMTS, WiFi o WiMax no solo basándose en los intereses de los operadores, sino consultando a las autoridades locales y residentes o asociaciones de ciudadanos afectados;
8.5 referente al estilo de Evaluación de Riesgos y precauciones a tomar:
8.5.1 la evaluación de los riesgos debe centrarse en mayor medida en la prevención;
8.5.2 mejorar los criterios de evaluación de riesgos y la calidad de la evaluación mediante la creación de una escala estándar de riesgos, por lo que será obligatorio indicar el nivel de riesgo, haciendo que se estudien varios supuestos de riesgo, teniendo en cuenta la compatibilidad con las condiciones de la vida real;
8.5.3 tener en cuenta a los científicos que dan la alerta temprana y protegerlos;
8.5.4 formular una definición del principio de precaución y del principio ALARA basada en los derechos humanos;
8.5.5 aumentar la financiación pública de la investigación independiente, especialmente por
medio de donaciones de las empresas y de impuestos en los productos que son objeto de estudio público para la evaluación de riesgos para la salud;
8.5.6 crear comisiones independientes para la asignación de fondos públicos;
8.5.7 la obligatoriedad de la transparencia en los grupos de presión;
8.5.8 promover debates pluralistas y polémicos [es decir, que faciliten la controversia y la argumentación] entre todas partes interesadas, incluida la sociedad civil (Convenio de Aarhus).