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PLAN RENOVE VENTANAS 2014; hasta el 28/11/2014

Fin de las AYUDAS: La sustitución de aquellas ventanas, o puertas ventana, que separen los recintos calefactados del ambiente exterior por otras de elevada eficiencia energética.

Las nuevas ventanas deberán cumplir las siguientes condiciones técnicas:

  • Contar con marcado CE.
  • En el caso de carpinterías metálicas, deberán disponer de rotura de puente térmico.
  • El doble acristalamiento estará formado por vidrios con aislamiento térmico reforzado (ATR) y deberá tener:
    • un valor de transmitancia térmica (Ug) inferior o igual a 1,40 W/m2.K.
    • un espesor de cámara igual o superior a 14 mm.
  • Todos los huecos acristalados deberán formar parte de los cerramientos a exterior de la vivienda, no siendo objeto de subvención aquellas ventanas ubicadas en los cerramientos interiores de la vivienda (cerramientos de división de las distintas estancias dentro de la vivienda).

¿Cuál es la cuantía de la ayuda?

La cuantía total de la ayuda por la renovación de cerramientos acristalados será del 22% de la inversión realizada por dicho concepto, siendo el coste máximo subvencionable por cada m2 de ventana de 400 euros. El porcentaje de subvención sobre la inversión total será inferior al 22% cuando el precio/m2 de ventana sea superior a 400 €, considerándose entonces como inversión subvencionable el producto resultante de los m2 de ventana totales renovados por el coste máximo subvencionable de 400 €

Entrega de documentación:

Las solicitudes se presentarán en las oficinas del EVE, ó se enviarán por correo certificado a la siguiente dirección:

EVE – Ente Vasco de la Energía
Apdo. Correos 5020
Edificio Plaza Bizkaia
Alameda de Urquijo, 36 – 1ª planta
48011 Bilbao

TIPO DE AYUDA, BENEFICIARIOS, DOTACIÓN Y VIGENCIA DEL PROGRAMA
• Las ayudas serán a fondo perdido.
• Personas físicas propietarias, usufructuarias o arrendatarias de la vivienda habitual, la cual deberá estar ubicada en la Comunidad Autónoma del País Vasco (CAPV).
• La dotación económica es de 1.500.000 €.
• Desde el día siguiente a su publicación en el BOPV y hasta el 28 de noviembre de 2014, ó por agotamiento del presupuesto si se produce con anterioridad.
ACTUACIONES SUBVENCIONABLES
• Sustituciones de ventanas o puertas ventana que separen los recintos o estancias calefactados del ambiente exterior por otras de elevada eficiencia energética.
Condiciones técnicas a cumplir:
– Contar con marcado CE.
– En el caso de carpinterías metálicas, deberán disponer de rotura de puente térmico.
– El doble acristalamiento estará formado por vidrios con aislamiento térmico reforzado ATR) y deberá tener: o un valor de transmitancia térmica (Ug) inferior o igual a 1,40 /m2.K.
o un espesor de cámara igual o superior a 14 mm.
– Todos los huecos acristalados deberán formar parte de los cerramientos a exterior de la vivienda, no siendo objeto de subvención aquellas ventanas ubicadas en los cerramientos interiores de la vivienda (cerramientos de división de las distintas estancias dentro de la vivienda).

COSTE SUBVENCIONABLE
• El coste de las ventanas en su conjunto, incluyendo marco, acristalamiento y cajón de
persiana, así como el coste de albañilería derivado de su instalación.
• La cuantía total de la ayuda por la renovación de cerramientos acristalados será de hasta un máximo del 22% de la inversión realizada por dicho concepto, siendo el coste máximo
subvencionable por cada m2de ventana de 400 euros.
LIMITACIONES GENERALES A LAS SOLICITUDES
• La cuantía máxima para una misma vivienda y beneficiario será de 1.000 euros y no podrá superarse en ningún caso.
• No se admitirán sustituciones de renovación con facturas cuya fecha de emisión sea anterior
al 1 de enero de 2014 ni posterior al 28 de noviembre de 2014 o la fecha de agotamiento del presupuesto, en caso de producirse con anterioridad.
• Posibilidad de concurrencia con otras ayudas para la misma sustitución de renovación: 65%.
Todos los porcentajes son sin IVA.