Hoy, día 28 de enero, comienza el plazo de matriculación escolar para el curso que viene (2013-2014). La inscripción se puede realizar directamente en los centros-en el que se vaya a poner como primera opción-hasta el 8 de febrero, o por internet hasta el día 7.
Este año, como novedad, debemos recordar que para este nuevo curso 2013-2014 desde Educación han decido realizar cambios en la zonificación de Zabalgana, debido a la demanda al respecto. Esta información es prioritaria para los padres y madres que tienen que valorar los puntos que pueden obtener, principalmente según la zonificación que se muestra, para optar como principal o primera opción la de su zona o entorno más cercano.
En relación a la escuela pública:
Por un lado, se mantiene lo que ya había, es decir las áreas correspondientes al CEP de Mariturri (sector de Mariturri hasta Reina Sofía y D. Humanos), CEP de Zalagana (Aldaia y Zabalgana Zaharra) y a Borinbizkarra le seguiría correspondiendo Abendaño (Calle México).
Sin embargo, como novedad, han incluido para los sectores de Zabalgana y Aldaia también el colegio Miguel de Cervantes(está en Ariznabarra), y para Borinbizkarra también Luis Dorado(San Viator, 4); eso respecto al modelo D, y respecto al B, San Martín (para todo Zabalgana,todos los sectores).
En lo que se refiere a los concertados:
A Zabalgana les correspondería Armentia para el modelo D (para todo Zabalgana), y para el B-donde ha habido mayor cambio-Corazonistas, Veracruz, Hogar San José, Kalasanz-Eskolapios, Sagrado Corazón, Marianistas y Urkide (también para todos los sectores del barrio) .
Adjuntamos plano o mapa escolar de la ZONIFICACIÓN DE ZABALGANA a efectos de Baremación (Escuela pública).
Observaciones a los planos de zonificación:
– En las calles que delimiten dos áreas de influencia, correspondientes cada una a uno o más centros educativos, cada acera se adjudicará al área de influencia del centro/s más próxima a dicha acera. Consecuentemente, los domicilios que figuren en cada una de las aceras tendrán como referencia (5 puntos) el centro/s contiguo/s a esa zona.
– El alumnado que deba escolarizarse en los niveles de 2º a 4º de Educación Primaria, ambos inclusive, cuyo domicilio se halle enclavado en el área de influencia del CEIP Mariturri, tendrá como centro de referencia (5 puntos) para dichos niveles al CEIP Zabalgana. Para los niveles de 5º y 6º de la misma etapa, los centros de referencia serán el CEIP Miguel de Cervantes y el CEIP Abendaño.
– El alumnado que deba escolarizarse en los niveles de 5º y 6º de Educación Primaria, cuyo domicilio esté ubicado en el área de influencia del CEIP Zabalgana, tendrá como centros de referencia (5 puntos) al CEIP Miguel de Cervantes y al CEIP Abendaño.
Esta información, necesaria para trasladar al barrio, nos ha sido negada por la Delegación de Educación, remitiéndonos a los centros educativos y teniendo que conseguirla de manera dificultosa. Además nos han declarado que las zonas se hace por una comisión técnica, formada por expertos no identificables, y que no pueden recibir propuestas ni mejoras y que «es lo que hay». queremos destacar que aún siendo un paso adelante el que se haya tomado esta decisión, aún está por ver si cubrirá las necesidades reales del barrio. Y si seguirán o no teniendose que quedar fuera del barrio mucos y muchas alumnas, como ya ha pasado en otras ocasiones, principalmente de la franja de 2-3 años(que no es obligatoria, pero sí que se comprometieron a cubrirla).
BASES y criterios BAREMACIÓN de puntos:
Para la baremación de las solicitudes, el OMR o Consejo Escolar seguirá los siguientes criterios:
a) Proximidad del domicilio (máximo 5 puntos)
De acuerdo con el Código Civil (Artículo 154, en relación con el Artículo 40), salvo
pérdida de la patria potestad por parte de los padres, debidamente documentada, el
domicilio de los hijos menores y no emancipados, necesariamente y por imperativo
legal, es:
1. El de cualquiera de los progenitores que tenga la patria potestad.
2. El del padre o madre a quien el Juez haya atribuido la custodia, en caso de
separación, divorcio o nulidad matrimonial.
3. El del tutor/a que legalmente ostente la patria potestad.
No se admitirá, por tanto, como domicilio a efectos de escolarización, el de parientes o
familiares en ninguna línea ni grado de consanguinidad o afinidad.
La puntuación correspondiente al domicilio es la siguiente: 5 puntos si el domicilio se
encuentra en la zona de influencia del centro, 2 puntos si es de la zona limítrofe y 1
punto si el domicilio familiar del solicitante está ubicado en el Municipio donde radica
el centro. Estas puntuaciones no son acumulables.
Si en lugar de certificado de empadronamiento se presenta certificado de la empresa del
padre/madre/tutor-a legal con domicilio en la zona de influencia, se otorgará la
puntuación correspondiente al domicilio de la empresa (2 puntos). Esta opción es
alternativa a la del domicilio familiar, y por tanto la puntuación no es acumulable.